Vivimos tiempos curiosos. Basta abrir cualquier red social para encontrar cientos de comentarios celebrando que un político “ponga en su lugar” a un funcionario a base de gritos, señalamientos, amenazas o humillaciones públicas. Pareciera que la legalidad dejó de importar y que el espectáculo se convirtió en la nueva medida de la justicia.

Pero el aplauso digital nunca ha sido sinónimo de razón jurídica.

La democracia no fue diseñada para que quien tenga más seguidores, más poder político o mayor exposición pública imponga su voluntad sobre las instituciones. Fue construida precisamente para evitarlo.

En días recientes volvió a abrirse el debate sobre la participación de una senadora en asuntos internos del Ayuntamiento de Cuautla. Las imágenes muestran cuestionamientos e increpaciones a funcionarios municipales, mientras que en redes sociales abundan quienes celebran esa conducta bajo el argumento de que “alguien tenía que poner orden”.

La pregunta no debería ser si tiene razón o no. La verdadera pregunta es mucho más sencilla: ¿Tiene facultades legales para hacerlo?
Y ahí es donde comienza el Estado de Derecho.

La Constitución, en su artículo 115, establece uno de los pilares del sistema democrático mexicano: la autonomía municipal. Los ayuntamientos son órganos de gobierno electos por la ciudadanía y ejercen competencias propias que no pueden ser sustituidas por autoridades federales o estatales fuera de los mecanismos previstos por la ley.

Una senadora representa al pacto federal y participa en el proceso legislativo. No es autoridad jerárquica de un presidente municipal, de un síndico, de un regidor ni de un director de área del Ayuntamiento. Su investidura no le confiere facultades para dirigir oficinas municipales, supervisar personalmente el trabajo de servidores públicos o intervenir en la administración cotidiana de un gobierno local.

Mucho menos para hacerlo mediante presión política.

La democracia no funciona porque una persona tenga buenas intenciones. Funciona porque todos —absolutamente todos— están sujetos a límites legales, y esos límites existen precisamente para evitar que el poder se convierta en intimidación; más aún cuando existe un antecedente jurídico que no puede ignorarse.

En el Procedimiento Especial Sancionador identificado como IMPEPAC/CEE/CEPQ/MC/PES/021/2026, la Comisión Ejecutiva Permanente de Quejas determinó procedente dictar medidas cautelares para que la senadora Juanita Guerra Mena y la regidora Anita Marysol Ludmilla Sánchez Guerra se abstengan de realizar actos de molestia, intimidación o violencia política contra la denunciante, su familia y su equipo de trabajo mientras se resuelve el fondo del asunto.

Es importante subrayarlo: una medida cautelar no equivale a una sentencia condenatoria. No prejuzga culpabilidades. Sin embargo, sí implica que la autoridad electoral encontró elementos suficientes para considerar necesario prevenir conductas que pudieran afectar derechos mientras se investiga el caso.

Ese dato jurídico cambia por completo la conversación. Porque entonces ya no hablamos solamente de percepciones políticas o simpatías partidistas. Hablamos de la obligación de respetar una determinación emitida por una autoridad competente.

Celebrar públicamente actos de intimidación sólo porque quien los realiza pertenece al partido político con el que simpatizamos representa un enorme retroceso democrático. Hoy aplaudimos que griten a un funcionario porque creemos que “se lo merece”. Mañana alguien justificará que griten a un periodista. Después a un juez. Luego a un ciudadano. Así comienzan las normalizaciones más peligrosas.

La ley no distingue entre quien grita desde la oposición o desde el gobierno. Tampoco distingue si el funcionario cuestionado nos cae bien o mal. Lo único que pregunta es si la conducta encuentra respaldo en las facultades constitucionales de quien la realiza. Y en un Estado constitucional de derecho, la respuesta importa mucho más que los aplausos de las redes sociales.

La política necesita firmeza, sí. Necesita vigilancia ciudadana, por supuesto. Necesita funcionarios que rindan cuentas todos los días. Lo que no necesita es que la fuerza de una investidura sustituya a los procedimientos legales, porque cuando el poder comienza a ejercer presión fuera de sus competencias, deja de ser un contrapeso democrático para convertirse en un mecanismo de intimidación institucional. No importa el partido. No importa el apellido. No importa el cargo. La ley existe precisamente para ponerle límites al poder.

Y quizá esa sea la lección que más trabajo nos está costando aprender: el problema nunca ha sido quién grita; el problema es creer que gritar otorga facultades que la Constitución nunca concedió. Porque el día que aceptemos que la fuerza sustituye al derecho, habremos dejado de vivir bajo el imperio de la ley para comenzar a vivir bajo el imperio de quien tenga el micrófono más fuerte. Y esa, más que una victoria política, sería una derrota para la democracia.