Esta semana, Morelos fue escenario de dos acontecimientos que, aunque ocurrieron en instituciones distintas, revelan la misma fractura en nuestro sistema y no solo el educativo: el acceso a la educación pública ya no parece depender únicamente del mérito.
La primera historia comenzó en la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. Una estudiante de la Facultad de Derecho decidió protestar públicamente por los costos que enfrenta cualquier aspirante antes de ocupar un lugar en la universidad. Según su denuncia, la ficha de admisión cuesta alrededor de 900 pesos, el examen representa otro pago cercano a 900 pesos y los cursos propedéuticos —dependiendo de la facultad— oscilan entre 3,200 y 8,000 pesos; en Derecho rondan los 5,000 pesos y en Medicina pueden alcanzar los 8,000 pesos.
En términos prácticos, una familia puede desembolsar entre 5,000 y casi 10,000 pesos antes de que un joven tenga la certeza de haber obtenido un lugar en una universidad pública.
La segunda historia llegó desde la Escuela Normal Superior de Cuautla. La filtración de presuntas listas de aspirantes acompañadas del nombre de quienes supuestamente los recomendaban concentró la atención en senadores, diputados, regidores y otros personajes públicos. Uno de ellos, el senador Ángel García Yáñez, emitió un comunicado deslindándose de cualquier intervención.
Hasta ahora, ninguna autoridad ha confirmado la autenticidad de esa lista ni que las recomendaciones hayan influido en el proceso de admisión. Jurídicamente, eso debe investigarse antes de atribuir responsabilidades.
Pero mientras todos discutían los nombres de los actores políticos, pasó casi inadvertido un detalle mucho más delicado.
En esos mismos documentos también aparecen referencias a la Dirección General del IEBEM y a la Secretaría de Educación.
Y ahí cambia completamente el sentido del debate.
Porque las instituciones encargadas de diseñar, supervisar y garantizar la legalidad de los procesos de ingreso no pueden aparecer, ni siquiera en la percepción ciudadana, como parte del mismo mecanismo que deberían impedir.
El artículo 3° de la Constitución reconoce el derecho de toda persona a recibir educación y, desde la reforma de 2019, establece el principio de gratuidad de la educación superior, cuyo cumplimiento debe desarrollarse de manera progresiva.
La Ley General de Educación obliga al Estado a garantizar condiciones de equidad e igualdad de oportunidades, mientras que la Ley General de Educación Superior dispone que las autoridades deberán avanzar hacia la eliminación de barreras económicas para el acceso a las instituciones públicas.
Es decir, el mandato constitucional existe.
Pero la realidad cotidiana cuenta otra historia.
Hay que tener cuidado porque la Constitución no significa automáticamente que todo deba ser gratuito.
El debate surge porque recientemente la Suprema Corte resolvió un asunto relacionado con el alcance de la gratuidad de la educación superior, interpretación que los manifestantes consideran aplicable a estos cobros. La protesta incluso cita el artículo 3° constitucional y el amparo en revisión 527/25.
Pero aquí es donde aplica algo que casi nadie está diciendo.
No basta con exigir «que no cobren».
Hay tres preguntas mucho más profundas:
¿El propedéutico realmente mide capacidades académicas?
¿O se convirtió en un mecanismo de financiamiento para algunas facultades?
¿Si el curso es indispensable para ingresar, por qué no forma parte del propio proceso educativo financiado por la universidad?
Porque si es obligatorio, deja de ser un servicio opcional.
Y ahí cambia completamente la naturaleza jurídica del cobro.
Cada inicio de ciclo escolar, la Secretaría de Educación Pública recuerda a directores y supervisores que las cuotas en educación básica son voluntarias y que ningún alumno puede ser condicionado por razones económicas. Año tras año se emiten oficios, circulares y exhortos recordando que la inscripción, la entrega de documentos o la permanencia de un estudiante no pueden depender del pago de una cooperación.
Y esa postura es correcta.
Lo que resulta difícil de explicar es por qué el mismo Estado que combate las cuotas en preescolar, primaria y secundaria permite que un aspirante a una universidad pública enfrente costos que, para muchas familias, representan varios meses de ahorro.
Hoy existe una herramienta que generaciones anteriores no tuvimos.
La Beca Universal Benito Juárez para Educación Media Superior entrega 1,900 pesos bimestrales durante los cinco bimestres del ciclo escolar, es decir, 9,500 pesos al año por estudiante. Su propósito es evitar el abandono escolar y contribuir a que los jóvenes concluyan el bachillerato.
Y aquí vale la pena hacer una reflexión incómoda.
Si un estudiante lograra ahorrar durante un año el monto completo de esa beca, tendría prácticamente cubierto el costo de una ficha, un examen de admisión y hasta un curso propedéutico en la mayoría de las carreras de la UAEM.
No se trata de afirmar que todos puedan hacerlo. Muchas familias destinan ese recurso al transporte, alimentación, útiles escolares o a complementar el ingreso del hogar, y esa es precisamente la razón de ser de la beca.
Pero también es cierto que el Estado nunca había destinado un apoyo universal de esta naturaleza a millones de estudiantes de bachillerato. La pregunta legítima es si, además de entregar el recurso, estamos enseñando a convertirlo en una inversión para el siguiente peldaño educativo.
Mi generación conoció otra realidad.
Muchos trabajábamos los fines de semana, en vacaciones o incluso un año completo antes de ingresar a la universidad. Ahorrábamos para pagar una inscripción, comprar libros o costear los primeros meses de estudio. No era una obligación legal; era parte del compromiso con nuestro propio proyecto de vida.
Hoy los tiempos son distintos. Existen becas que antes no existían.
Quizá el debate no deba ser si el Estado apoya o no a los estudiantes.
La verdadera discusión es si esos apoyos están acompañados de una política pública que fomente el ahorro, la planeación financiera y la transición exitosa hacia la educación superior.
Porque la corresponsabilidad del estudiante nunca puede utilizarse como excusa para que el Estado incumpla su obligación constitucional.
Existe otra diferencia fundamental entre ambos casos.
En la UAEM el obstáculo parece económico.
En la Normal Superior, la preocupación es institucional.
El artículo 134 de la Constitución obliga a todos los servidores públicos a actuar con legalidad, imparcialidad, objetividad y honradez. La Ley General de Responsabilidades Administrativas les prohíbe utilizar su cargo para otorgar ventajas indebidas o comprometer la imparcialidad de los procesos públicos.
Por eso el verdadero debate no consiste en saber quién recomendó a quién.
La pregunta correcta es otra:
¿Qué tan sólido es un proceso de admisión si una recomendación —venga de dónde venga— puede hacer pensar a la sociedad que tiene algún valor?
Porque el árbitro no está para gestionar espacios.
Está para garantizar que todos jueguen con las mismas reglas.
Y si en la percepción pública quienes organizan el proceso aparecen también como recomendantes, el problema ya no es de personas; es de confianza institucional.
Las dos historias de esta semana hablan, en el fondo, del mismo derecho. Una denuncia que el dinero puede convertirse en barrera. La otra advierte que también podrían serlo las influencias.
La educación pública nació para derribar privilegios, no para administrarlos. Por eso, la discusión no debería reducirse a eliminar cuotas o a exhibir listas filtradas. Debería obligarnos a construir procesos tan transparentes que ni el dinero ni los contactos puedan modificar el resultado, o acaso… no hay que predicar con el ejemplo?.